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OFERTA EDUCATIVA
Oferta Parcial
 

Modalidad Oferta Parcial en Ciclos Formativos de Formación Profesional

 

 

   

Todas las personas deben tener la posibilidad de formarse a lo largo de la vida, dentro y fuera del sistema educativo, con el fin de adquirir, actualizar, completar y ampliar sus capacidades, conocimientos, habilidades y actitudes y competencias para su desarrollo personal y profesional.

 

La Consejería de Educación impulsa medidas tendentes a la flexibilizar la oferta de ciclos formativos de formación profesional, permitiendo a las personas y principalmente a los adultos, la posibilidad de combinar el estudio y la formación con la actividad laboral o con otras actividades, respondiendo así a las necesidades e intereses personales; para ello, estas enseñanzas pueden ofertarse de forma completa o parcial.

 

Las enseñanzas de los ciclos formativos de formación profesional pueden ofertarse parcialmente por los centros docentes, en régimen presencial, mediante dos opciones:

 

A) Ofertar las plazas vacantes en módulos profesionales de los ciclos formativos que se impartan en el centro.

 

B) Oferta módulos profesionales individualizados, en el ámbito de los ciclos formativos que tengan autorizados.

 

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OPCIÓN A

En esta opción los centros educativos, una vez finalizado el proceso de matriculación del alumnado, ofertarán las plazas vacantes de módulos profesionales hasta completar los grupos autorizados.

 

REQUISITOS DE ACCESO

ü  Tener un contrato de trabajo en el momento de presentar la solicitud.

ü  Reunir alguno de los requisitos académicos previstos en el art. 21 y en la Disposición Adicional séptima del RD 1538/2006, de 15 de diciembre.

 

PERIODO DE INSCRIPCIÓN Y MATRÍCULA

La solicitud se presentará en el plazo que se fije en la resolución dictada por la Dirección General de Formación Profesional.

 

OPCIÓN B

En esta opción los centros educativos podrán ofertar módulos profesionales de los ciclos formativos que tengan autorizados, excluido el de Formación en Centros de Trabajo.

Los módulos que se oferten en esta opción estarán diferenciados del resto de los que imparta el centro, podrán ofertarse a lo largo del curso escolar y desarrollarse en horario adaptado a las características del alumnado.

 

REQUISITOS DE ACCESO

ü  Los alumnos que deseen cursar módulos profesionales incluidos en los títulos y asociados a unidades de competencia, no precisan acreditar requisitos académicos de acceso.

ü  Si se desea cursar módulos profesionales no asociados a unidades de competencia deberán cumplir alguno de los requisitos de acceso previstos en el artículo 21 y en la Disposición Adicional Séptima del R.D. 1538/2006, de 15 de diciembre.

 

PERIODO DE INSCRIPCIÓN Y MATRÍCULA

Una vez que el centro educativo haya obtenido autorización para impartir el módulo o módulos profesionales solicitados, el proceso de admisión de alumnos se desarrollará en el plazo que se fije en la resolución dictada por la Dirección General de Formación Profesional.

 

OTRAS CARACTERÍSTICAS DE LA OFERTA MODULAR

Proceso de admisión

En ambas opciones, en el proceso de admisión, cuando el número de plazas vacantes sea inferior al de solicitudes presentadas, se aplicarán los siguientes criterios de prioridad:

a) Trabajadores con contrato de trabajo relacionado con el sector productivo del ciclo formativo que se desee cursar.

b) Solicitantes que completen un curso del ciclo formativo al que pertenece el o los módulos formativos que desee cursar.

c) Solicitantes que tengan superado algún módulo formativo del mismo ciclo.

Incompatibilidad

Durante el mismo curso académico el alumno no podrá estar matriculado en un mismo módulo profesional en la modalidad de oferta parcial y en otra modalidad de formación profesional así como en las pruebas para la obtención del mismo.

 

Certificaciones

La secretaría de los centros docentes emitirá, a solicitud del interesado, certificado de haber superado los módulos profesionales cursados en la modalidad de oferta parcial.

 

Título profesional

Los alumnos que hayan superado todos los módulos profesionales de un ciclo formativo podrán obtener el título correspondiente siempre que reúnan los requisitos de acceso a dicho ciclo formativo.

 

ORDEN EDU/1122/2007, de 19 de junio  224 KB

ORDEN EDU/1122/2007, de 19 de junio, por la que se regula la modalidad de oferta parcial de las enseñanzas de ciclos formativos de formación profesional en la Comunidad de Castilla y León

 

ANEXO 156 KB

Solicitud de admisión

 

Orden EDU/973/2008, de 5 de junio  123 KB

Modifica Orden EDU/1122/2007

 

 

 

Enlaces Institucionales
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Reconocimientos
Certificacion CoDice TIC Nivel 4